El Directorio del Club de Deportes Malloco Atlético representado por su presidente Mauricio Vielma Díaz y su secretaria Vany Poblete, se reunieron con importantes integrantes de la institución y que asumirán cargos de relevancia en el nuevo proceso que comenzará a partir de la asamblea extraordinaria, donde se aprobarán nuevos estatutos que permitirán adoptar el Protocolo contra el abuso sexual, acoso sexual, maltrato y discriminación. Decreto 22 (MINDEP), de ley de la república 20.197, que nos rige como organización deportiva.
El expresidente Ricardo González Oyarce, conforma junto al directorio el equipo que ha venido trabajando para poder adoptar este protocolo, y que además será parte importante de las medidas y políticas que la institución adoptará para cumplir con las exigencias necesarias en prevención de conductas vulveratorias en el deporte y por sobre todo en las actividades de todos y todas las personas que pertenecen a Malloco Atlético. El primer avance, fue la reunión del lunes 26 de septiembre, donde Ricardo González Oyarce explicó los pasos a seguir y la misión que tendrán los Responsables Institucionales, puestos claves para trabajar en la aplicación del protocolo.
Responsables Instituciones
El Responsable Institucional es un nuevo cargo, que debe ser designado en todas las organizaciones deportivas, cuya función es recepcionar las denuncias y efectuar todas las diligencias necesarias para su adecuada canalización. Según los antecedentes recopilados, establece si el hecho denunciado reviste o no caracteres de delito y deriva los antecedentes según corresponda al Ministerio Publico o las Policías, o al Tribunal de Honor de la Organización o al Comité Nacional de Arbitraje Deportivo. No es un tribunal. No establece sanciones.
Club de Deportes Malloco Atlético en nuestra próxima asamblea designará a los siguientes socios (as):
- Soledad González, titular
- Juan Peña, 1er suplente
- Antonio Aravena, 2do suplente
Comisión de Disciplina
El órgano disciplinario debe estar legalmente constituido y para ello estamos trabajando en su composición, como también su reglamento.
Pronto más información…
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
PROTOCOLO GENERAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE DECRETO SUPREMO N° 22 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
La ley N° 21.197 contra el Abuso sexual, Acoso sexual, Discriminación y Maltrato en la actividad deportiva nacional, mandató al Ministerio del Deporte la elaboración y aprobación, mediante decreto supremo, de un protocolo general para la prevención y sanción de las señaladas conductas.
Cumpliendo dicho mandato legal el Ministerio del Deporte procedió a la dictación del Decreto Supremo N° 21 del 2020, el cual fue publicado en el Diario Oficial con fecha 21 de septiembre de 2020.
El Protocolo General, que debe ser adoptado por las organizaciones deportivas, está constituido por principios y normas que se dirigen a la prevención y sanción de las conductas vulneratorias, estableciendo para ello un conjunto de obligaciones que las organizaciones deportivas, sus directorios, y sus integrantes deben cumplir, para hacer de la convivencia deportiva y del entorno deportivo, un espacio más adecuado y seguro para todos quienes la integran.
El Protocolo se fundamenta en un conjunto de principios que se reflejan en toda su normativa y que en conjunto se orientan al logro de un estándar de mayor seguridad y protección de la actividad deportiva nacional. Estos son los siguientes:
1.- Inclusión de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho.
2.- Igualdad y Equidad de Género.
3.- No discriminación contra la mujer.
4.- Apoyo Efectivo.
5.- Celeridad de los procedimientos.
6.- Enfoque preventivo.
7.- No revictimización.
8.- Entorno seguro en el deporte.
9.- Gestión responsable y colaborativa de todos los entes involucrados.
10.- Reserva de los antecedentes.
11.- Debido proceso.
12.- Principio de buena fe.
13.- Nuevo estándar de seguridad deportiva.
El protocolo persigue el establecimiento de un nuevo estándar de seguridad para la práctica de la actividad deportiva en nuestro país, cuya finalidad es proteger a deportistas, técnicos, dirigentes y trabajadores de las conductas vulneratorias, mediante la prevención y sanción de dichas conductas, brindando en ello especial cuidado de los niños, niñas y adolescentes que forman parte de la actividad deportiva y de la participación e integración de la mujer como parte fundamental del desarrollo del deporte nacional.
• Todas las organizaciones deportivas de la ley N° 19.712.